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 Alertas por tiempos compartidos
10 de abril de 2007 14:22

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Hotel HABITA

Hotel HABITA
Foto: Hotel HABITA (hotelhabita.com)

México.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha recibido en los últimos tres años dos mil 31 denuncias en contra de desarrolladores de tiempos compartidos para vacaciones, por lo que dio a conocer cuáles son los que agrupan un mayor número de quejas.

Entre las empresas que mayor número de quejas acumulan destacan Desarrollo Marina Vallarta; Grupo Costamex; Palace Premier; Promotora Cancún Sunset Clubs; CR Resorts Los Cabos; Club Lagoon Beach y Marina y Desarrolladora Caribe.

Los principales motivos de inconformidad de los consumidores de este tipo de servicios son el incumplimiento de contrato; negativa del proveedor a la rescisión del mismo; no respetan los términos del contrato; negativa a la rescisión del contrato celebrado dentro de los cinco días hábiles a partir de la entrega del bien.

Por ello, la Profeco propone en un comunicado que para evitar algún contratiempo en la contratación de tiempos compartidos durante las vacaciones que se avecinan, se sigan una serie de recomendaciones que pueden ser útiles para tomar una decisión acertada.

Destaca la importancia de tomar en cuenta que adquirir un tiempo compartido puede representar también algunas ventajas, como el poder contar con un lugar preferencial para el hospedaje con tarifa más accesible.

También será posible la planeación anticipada de las vacaciones con la seguridad de que se cuenta con un sitio donde alojarse, en muchos casos, es posible intercambiarlo al destino de su preferencia.

La Profeco recomienda que antes de adquirir un tiempo compartido se hagan los consumidores algunas preguntas, para saber si la opción turística que se elegirá es la más adecuada y si conviene al paso de los años.

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Esto, porque representa un fuerte desembolso al momento de firmar y durante los años subsecuentes, que en muchas ocasiones está obligado a pagar aunque no pueda viajar con su familia al mismo sitio.

Por otro lado, existen épocas del año, en especial temporadas altas, en las que no podrá utilizarlo, si desea venderlo es muy probable que se le dificulte la transacción y por lo general sólo puede utilizarse una semana al año durante un periodo determinado de tiempo y de número de personas.

Antes de contratar un tiempo compartido debe recordarse que la transacción de compra-venta de un servicio así sólo podrá realizarse si el contrato se encuentra registrado ante la Profeco, según el Artículo 65 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC).

El contrato debe contener nombre y domicilio del proveedor, monto total del servicio y forma de pago, lugar donde se prestará el servicio, explicación clara y precisa de las características del tiempo compartido, en donde se incluya a que tiene derecho, fecha y periodos de goce y uso de bienes.

El consumidor debe asegurarse del costo total y gastos de mantenimiento para el primer año, así como la manera en que se determinarán en los períodos subsecuentes y debe pedir información sobre las opciones de intercambio y los costos adicionales.

Recuerda también que en muchos centros vacacionales hay quienes por la calle ofrecen al turista un desayuno en un lujoso hotel, además de premios y regalos, ya sea a través de mensajes escritos o vía telefónica, y seguro esa persona intentará venderle un tiempo compartido.

Por ello, es recomendable que visite el destino turístico en el que le ofrecen el tiempo compartido, realice un recorrido por las instalaciones e indague con los huéspedes acerca del servicio, y de ser posible cheque la seriedad de la empresa que se lo ofrece con la Profeco.

Advierte que siempre hay que desconfiar de quien sólo muestra folletos, maquetas y planos, si no puede acudir a las oficinas del desarrollo analícelo dos veces, lo más probable es que dicho lugar no cuente con lo que le prometen.