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Va píldora polémica a Sector Salud

 
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La incluyen en cuadro básico de medicina
 
La píldora de anticoncepción de emergencia fue incluida en el Cuadro Básico de Medicamentos para su empleo en todas las instituciones públicas de salud
 
 
¿Crees que la inclusión de la píldora de emergencia provoque un aumento de embarazos no deseados?
 
 
12/07/2005 | Infosel Financiero.-MEXICO.- La píldora de anticoncepción de emergencia o "del día siguiente" fue incluida desde ayer en el Cuadro Básico de Medicamentos para su empleo en todas las instituciones públicas del Sector Salud en su primer nivel de atención, publicó Reforma.

El Consejo de Salubridad General publicó la vigésima segunda actualización del cuadro básico, y determinó incluir el envase con dos comprimidos de 750 miligramos de Levonorgestrel o LNG, un anticonceptivo hormonal que la mujer debe consumir en las horas siguientes a una relación sexual no protegida.

Hasta ayer, el rubro de Planificación Familiar consideraba sólo cinco medicamentos en el cuadro básico, pero todos de anticoncepción preventiva, e igualmente otros 10 en el catálogo, que es para segundo y tercer niveles de atención.

En el acuerdo publicado ayer, la comisión fijó un plazo de 120 días para que todas las instituciones involucradas realicen los ajustes necesarios para contar con el nuevo medicamento.

La píldora está dirigida a "mujeres en edad fértil, incluyendo las adolescentes", dice el documento. El acuerdo explica cuándo se deben tomar los comprimidos: el primero, lo antes posible después de la relación -pero antes de que pasen 72 horas-, y el segundo, 12 horas después.

El cuadro básico es actualizado por una comisión interinstitucional, en la que participan funcionarios de las Secretarías de Salud y Defensa Nacional, el IMSS, el ISSSTE, el DIF y la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

Las más de 19 mil unidades de atención y hospitales públicos de todos los niveles de gobierno que operan a nivel nacional deben realizar sus compras de medicamentos según lo dispuesto en el cuadro básico.

"La Secretaría de Salud determinará la lista de medicamentos y otros insumos esenciales para la salud, y garantizará su existencia permanente y disponibilidad a la población que los requiera, en coordinación con las autoridades competentes", ordena la Ley General de Salud.

En enero del 2004, la Secretaría de Salud publicó la Norma Oficial Mexicana sobre Planificación Familiar, que fijó lineamientos a los profesionales en esta materia, y permitió el uso de la LNG y otros métodos de emergencia.

Esta NOM generó protestas de la Iglesia católica, y varias demandas de amparo por parte de grupos afines a Provida.

Uno de estos amparos de la asociación civil Cultura por la Vida -que dirige Jorge Serrano Limón- podría ser revisado por la Suprema Corte de Justicia, que hace unos días recibió la solicitud de un tribunal federal para que atraiga el caso por su importancia excepcional.

 
 
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