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Caso Luz y Fuerza del Centro
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Rechaza juez suspender decreto de liquidación de LyFC

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Notimex © Derechos Reservados
 
 
Un trabajador pretendía su reinstalación
 
La juez federal Guillermina Coutiño resolvió que es imposible suspender el decreto de liquidación de la paraestatal Luz y Fuerza del Centro
 
 
 
Marcha SME contra extinción de LyFC aquí Marcha SME contra extinción de LyFC
 
 
04/11/2009 | Terra.-La juez federal Guillermina Coutiño resolvió que es imposible suspender el decreto de liquidación de la paraestatal Luz y Fuerza del Centro

Una juez federal resolvió que es imposible suspender el decreto de liquidación de la paraestatal Luz y Fuerza del Centro (LyFC) para el efecto de que los trabajadores que estaban en activo puedan seguir cobrando su salario.

Guillermina Coutiño, juez primera de distrito de la Primera Región Auxiliar, notificó lo anterior al negar la suspensión provisional solicitada por un ex trabajador de LyFC,
quien pretendía que se le reinstalara en su puesto y se reconociera la existencia de una relación laboral con la empresa, extinta desde el pasado 11 de octubre por decreto del
presidente Felipe Calderón.

"Se estima que en el presente asunto debe negarse la suspensión provisional solicitada por la parte quejosa, toda vez que la naturaleza de las violaciones alegadas, no permite
la paralización de los efectos de los actos reclamados a través de la medida cautelar provisional", resolvió la juez, al admitir a trámite la demanda de amparo de Iván Villanueva
Rivas.

"De ordenarse precautoriamente el reconocimiento de su relación de trabajo, así como el pago de sus salarios por parte del organismo descentralizado denominado Luz y Fuerza del Centro, se otorgarían a la suspensión provisional efectos restitutorios que no le corresponden, pues ellos son propios de la sentencia que se dicte en el juicio principal", agregó.

En otras palabras, la juez consideró que la extinción de LyFC es un acto ya consumado, y por tanto, sólo podría restituirse a los trabajadores en sus empleos si se llega a dictar una sentencia en que se conceda el amparo y se declare ilegal dicha extinción.

Para ello se tiene que desahogar un juicio de dos instancias que puede tomar más de un año.

Esta es la primera resolución en que el Poder Judicial se pronuncia sobre la imposibilidad de mantener viva a LyFC por vía de una orden judicial provisional.

Villanueva era uno de los más de 44 mil trabajadores que estaban en activo cuando la empresa fue extinta, es decir, tiene derecho a cobrar una liquidación en términos superiores a los de ley, pero se quedó sin empleo.

Ayer, la juez admitió 39 amparos promovidos por trabajadores jubilados, quienes seguirán recibiendo sus pensiones de por vida, pero impugnan algunas de las condiciones fijadas por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, que es el encargado de pagarles en su carácter de liquidador de LyFC.

Coutiño también admitió a trámite la semana pasada un amparo del Sindicato Mexicano de Electricistas para impugnar el decreto de liquidación.

En ese caso, la juez sí otorgó una suspensión provisional, pero sólo para el efecto de que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje se abstenga de resolver sobre la terminación de la relación colectiva de trabajo entre el SME y LyFC, trámite que está previsto en la Ley Federal del Trabajo.

Este martes, el SAE y las Secretarías de Energía y de Hacienda y Crédito Público, presentaron recursos de queja para impugnar esta suspensión, mismos que serán revisados por un tribunal colegiado de circuito.

Con información de Grupo Reforma
 
 
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