Armando Manzanero
Foto: Clasos.com
El día de hoy se dio a conocer la sentencia definitiva que dictó con fecha 28 de noviembre la Licenciada Dora Margarita de Anda Rodríguez, titular del Juzgado Tercero de lo Familiar de Mérida, Yucatán, en el Juicio de Divorcio que promovió el Maestro Armando Manzanero en contra de su hoy ex esposa Olga Leticia Aradillas Lara.
Para decretar el divorcio del maestro Manzanero la Jueza se basó en dos causas que fueron: por una parte haber incurrido Aradillas Lara en acusaciones calumniosas y falsas hacia el maestro Manzanero y su hija Martha Manzanero Arjona, y por otra parte, por el abandono injustificado del hogar conyugal por mas de seis meses en que incurrió la señora Aradillas Lara.
En su sentencia la Jueza determinó respecto de las acusaciones calumniosas y falsas que: “... dicha demandada acusó al señor Armando Manzanero Canché, ante la Autoridad Ministerial correspondiente de hechos posiblemente delictuosos, a sabiendas de que no son ciertos o de que este no los cometió, y con el fin de dañarlo en su reputación, y en la consideración que merece de la sociedad.”, agregando que: “la conducta que así asume uno de los cónyuges contra el otro, acusándolo por delito que merece pena mayor de dos años de prisión, justifica la disolución del vínculo matrimonial, dado que éste sólo puede subsistir mediante una vida en común basada en la fidelidad, lealtad, afecto, respeto y ayuda de los esposos”.
Por lo que toca al abandono del hogar conyugal la Jueza sentenció que los requisitos para demostrarlo: “fueron satisfechos del todo por el demandante Armando Manzanero Canché, durante la secuela procedimental, toda vez que con las pruebas aportadas se acreditó...” y agregó que dicho abandono sin causa justificada: “se corrobora con el escrito de contestación a la demanda” de “la demandada señora Olga Leticia Aradillas Lara” y abundó señalando: “este abandono fue acreditado como se desprende de la prueba confesional de la señora Olga Leticia Aradillas Lara” y concluyó sentenciando que Aradillas Lara nunca pudo probar que hubiera abandonado con causa justificada la casa conyugal y que los dichos de sus cuatro testigos, entre ellos sus propios hijos Bernardo y Alexandro Vázquez Aradillas no pudieron probar ningún hecho ya que no estuvieron presentes.
Al dictar sentencia la juez decretó la disolución del matrimonio, declaró cónyuge culpable a la señora Aradillas Lara, determinó que no tiene derecho a recibir pensión alimenticia de ninguna clase por su culpabilidad y la condenó a pagar las costas y gastos del juicio, ordenando que se inscriba el divorcio en la oficina del Registro Civil respectiva.
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