MEXICO.-El Juez quinto de distrito en materia penal, con sede en el Reclusorio Norte, Pablo Jesús Hernández Moreno, negó a Raúl Salinas de Gortari el amparo que solicitó para que se cierre el proceso que enfrenta por su presunto enriquecimiento ilícito.
Salinas y su defensa promovieron el amparo ante las negativas del Juez 11 de distrito, Iram García García, de cerrar el proceso que se ha alargado por tres años y dos meses.
El principal argumento central del juicio de garantías fue que todo procesado tiene derecho a ser juzgado en el término de un año, por lo que la negativa del Juez García García estaría violando esta garantía constitucional del inculpado.
Al negar el amparo a Salinas, el Juez Hernández Moreno estableció que el sistema judicial no está basado sólo en el pronunciamiento de sentencias en el término de un año, ya que la fracción X del artículo 20 constitucional establece la posibilidad de que la prisión preventiva se alargue más allá de ese plazo.
De acuerdo con esa disposición, un procesado podría permanecer en prisión preventiva por un tiempo igual al de la pena máxima que establezca la Ley para el delito que se le atribuye, que en este caso sería de 14 años.
La defensa de Salinas calificó de grave la resolución del Juez, porque estaría sujetando a su cliente y a cualquier otro procesado a un proceso de duración indefinida, sin respetar su derecho también previsto por la Constitución de ser procesado en el término de un año.
Raúl F. Cárdenas Rioseco, abogado defensor de Salinas, anunció que interpondrá hoy martes un recurso de revisión contra la negativa del amparo, ya que existe jurisprudencia definitiva de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el plazo máximo en el que debe ser juzgado un procesado.
"Además... el Juez confunde la prisión preventiva con la duración máxima que debe tener un proceso. Se trata de dos garantías independientes y es muy grave que pretenda ahora argumentarse que una persona pueda permanecer tanto tiempo en prisión preventiva sin recibir sentencia".