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¿Qué es el Big Brother Fiscal del SAT que está incluido en la Miscelánea 2021?

La Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que reforma, añade y deroga diversas disposiciones de la Ley del ISR, del IVA y el Código Fiscal de la Federación, conocida como Miscelánea Fiscal 2021
miércoles, 21 de octubre de 2020 · 10:50

Con 291 votos a favor, 142 en contra y una abstención, la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que reforma, añade y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Código Fiscal de la Federación, conocida como Miscelánea Fiscal 2021 y la cual incluye el llamado "Big Brother Fiscal".

¿Qué es el Big Brother Fiscal?

El Big Brother Fiscal es la facultad que tienen las autoridades fiscales de utilizar herramientas tecnológicas para recabar imágenes o archivos electrónicos que sirvan como constancia de los bienes y activos que existen en el domicilio fiscal del contribuyente.

Luego de que el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación fue modificado en distintas ocasiones, establece que las autoridades fiscales en sus visitas, sus herramientas tecnológicas deberán contar con las medidas de seguridad necesarias para que la información que se recabe no sea expuesta de manera indebida; por lo que el Servicio de Administración Tributaria deberá emitir reglas de carácter general para regular estos supuestos.

El artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF) se modifica para que la reserva conocida como "secreto fiscal" no aplique cuando el Ministerio Público o la Policía requiera información fiscal relacionada con investigaciones de hechos delictivos.

Destaca la obligación a las plataformas digitales de intermediación de realizar la retención del 100 por ciento del IVA cobrado, cuando presten sus servicios de intermediación a residentes en el extranjero sin establecimiento en México, ya sean personas físicas o morales, que proporcionen servicios digitales a personas ubicadas en el país.

Se libera a las plataformas digitales de intermediación que procesen los pagos que efectúen la retención de IVA de la obligación de proporcionar al SAT diversa información de los residentes en el extranjero, sin establecimiento en México, que presten servicios digitales, en cuyas operaciones hayan actuado como intermediarios.

Se crea un mecanismo de control para que cuando los contribuyentes prestadores de servicios digitales residentes en el extranjero, sin establecimiento en México, incurran en omisiones fiscales graves se pueda llevar a cabo el bloqueo de acceso a Internet de sus servicios.

Control de donativos

En un comunicado, el órgano legislativo señaló que entre los cambios a ordenamientos de la Ley del ISR, las donatarias autorizadas (asociaciones sin fines de lucro) "perderán su autorización en el caso de que obtengan la mayor parte de sus ingresos, más del 50 %, de actividades no relacionadas con su objeto social".

También, "establece un mecanismo de control efectivo del destino de los donativos" y se deroga la certificación del cumplimiento de obligaciones fiscales de transparencia y de evaluación de impacto social.

La presidenta de la comisión de Hacienda y Crédito Público, Patricia Terrazas, del conservador Partido Acción Nacional (PAN), explicó sobre la Ley del ISR, que en el caso de estas asociaciones se "se incorporó un plazo adicional de seis meses para que entren en vigor las modificaciones".

Durante la discusión al exterior de la Cámara de Diputados organizaciones altruistas y sin fines de lucro exigieron a los legisladores mantener sin cambios la Ley del ISR en lo que se refiere a la regulación de las donatarias autorizadas.

Recordaron que el proyecto de reforma establece que no se podrá recibir más del 50 % de ingresos por actividades no relacionadas con el objeto social de la donataria, o de lo contrario podría ser sancionada con la revocación de la autorización.

Bajo ese escenario, algunos diputados opuestos a las reformas señalaron que lo que se pretende con esas modificaciones "es inhibir la participación de la sociedad civil" ya que las asociaciones sin fines de lucro cumplen un labor que el Gobierno no hace.

 

DBO