Que no se te pase

Día del Trabajo 2021: ¿cuánto deben PAGARME si laboro esta jornada del 1 de mayo?

Este día se conmemoran las protestas que lograron las jornadas laborales de ocho horas
sábado, 1 de mayo de 2021 · 10:25

Hoy es 1 de mayo, Día del trabajo, un día en el que se conmemora a los obreros que exigieron sus derechos laborales. Este día se considera de descanso de manera oficial, por lo que si te toca trabajar deberás recibir un pago extra.

El origen de esta fecha se remonta a finales del siglo XIX, luego de una protesta de obreros que eran obligados a jornadas de entre 12 y 18 horas en las fábricas industriales. 

Fue un grupo de obreros de Estados Unidos quienes lograron establecer, mediante la protesta, una jornada de 8 horas máximo bajo el lema “ocho horas de trabajo, ocho horas de descanso y ocho horas de ocio".

Para 1868, el presidente Andrew Johnson aprobó la jornada de ocho horas a través de la ley Ingersoll, pero esto sólo aplicaba para algunos trabajadores de obras públicas y empleados de oficinas laborales, pero los obreros quedaron fueran. Fue ahí que las protestas del Día del trabajo tomaron fuerza.

De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 1 de mayo está en la lista de los días feriados, en los cuales “los trabajadores no están obligados a prestar servicios”.

De acuerdo con el artículo 73 de dicha ley, se establece que en caso de que un trabajador preste sus servicios durante un día de descanso obligatorio, tendrá derecho a un pago extra, independiente de su salario.

Por lo tanto, si laboras en un día de descanso obligatorio deberás recibir un triple pago; por ejemplo, si al día ganas 100 pesos, el 1 de mayo te deberán pagar 200 pesos adicionales por trabajarlo.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), en caso de que el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de la semana, o cuando en el mismo día o en la misma semana, preste sus servicios a varios patrones, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre el salario de los días en que hubiese trabajado.

Otros días de asueto oficiales son:

  • 1 de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • El 1 de mayo
  • El 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
  • El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
  • El 25 de diciembre
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

mgm