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Reparto de Utilidades 2022: Este es el PAGO MÍNIMO que pueden dar las empresas por PTU

Los empleados deben saber el porcentaje que recibirán de esta prestación pues cada vez está más cerca la fecha límite para que les sea pagada
jueves, 19 de mayo de 2022 · 16:34

Cada vez se acerca más el final de este mes de mayo, y eso significa que quedan pocos días para la fecha límite en que empresas deben hacer el reparto de utilidades 2022 a sus trabajadores, sin embargo, muchos de ellos que aún no perciben esta prestación, tienen duda de cuánto es el pago mínimo por PTU que les pueden dar.

Antes que nada, hay que explicar que la Participación de los Trabajadores en el Reparto de Utilidades de la Empresa (PTU) es un derecho que por ley tienen los trabajadores para recibir parte de las ganancias anuales de una empresa, esto como reconocimiento a su aportación para generarlas.

Las empresas tienen como fecha límite el 31 de mayo para realizar el pago de utilidades 2022 entre sus empleados, mientras que las personas físicas con actividad empresarial cuentan hasta el 29 de junio para llevarlo a cabo.

En México, todas aquellas empresas que generaron un ingreso anual declarado para el ISR ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que supere los 300,000 pesos están obligadas al pago de PTU a sus trabajadores.

Pero por otro lado, también hay empresas que no están obligadas a realizar el reparto de utilidades, tal es el caso de las que son de reciente creación, instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, además de instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia, incluidas el IMSS y el ISSSTE.

Este es el pago mínimo que pueden dar las empresas por PTU

Para el pago de PTU por parte de las empresas no hay una cantidad mínima a entregar, pues el porcentaje a distribuir de cada una de ellas depende del giro al que pertenecen, como se indica a continuación:

  • Empresas pesqueras: 10%
  • Empresas de telecomunicaciones: 10%
  • Empresas industriales: 10%
  • Empresas mineras: 8%
  • Comercio y restaurantes: 8%
  • Otras actividades: 5%

Es así que, una vez ubicado el giro de la empresa en la que se trabaja, el cálculo del pago que corresponde a cada trabajador es el resultado de un primer 50%, el cual dependerá del número de días real y efectivamente laborados durante el año anterior, y el otro 50% se repartirá en proporción a las remuneraciones que percibió en el mismo periodo.