Trabajadores

Advierten a trabajadores que les pueden RETENER dinero del pago de su aguinaldo 2023 en diciembre

Pese a que esta prestación es un derecho de los trabajadores, hay circunstancias que pueden generar que se les descuente parte del dinero que les correspondía recibir
jueves, 14 de diciembre de 2023 · 13:29

Sigue avanzando diciembre y aún hay a quienes todavía no les entregan el aguinaldo 2023, sin embargo, existen posibilidades de que dicho ingreso extra no se les proporcione, es por ello que advierten a trabajadores sobre que les pueden retener el dinero del pago de dicha prestación.

Cabe recordar que la Ley Federal del Trabajo (LFT) estipula  que “el aguinaldo es un pago anual al que tienen derecho todos los trabajadores formales, el cual deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuera este”.

Sí les pueden retener a trabajadores dinero del pago de su aguinaldo 2023 en diciembre

Pese a que el aguinaldo es un derecho de los trabajadores que está respaldado por la ley, advierten que sí les pueden retener el dinero de dicho pago en este mes de diciembre, siempre y cuando haya un motivo de deuda justificado, esto quiere decir que de dicha prestación, los patrones o empresas pueden cobrar a los empleados daños, averías u otros errores provocados por estos y que hayan generado algún gasto.

Hay que mencionar que a los a trabajadores también se les puede retener dinero del pago de su aguinaldo 2023 en diciembre, en caso de haber comprado algún producto o bien que era propiedad de la empresa o patrón, por lo que se podrá hacer un descuento total o parcial en el monto de la prestación que le corresponde al empleado.

Otra situación que se puede presentar es que en caso de aquellos trabajadores que estén obligados a pagar pensión alimenticia, se le notifica al patrón o empresa que se le debe descontar parte del aguinaldo al empleado, el cual podrá ser un porcentaje del 25 al 30%, aunque hay excepciones que son de hasta el 50%.