Contribuyentes

SAT manda advertencia para no superar monto MÁXIMO en facturas y evitar una fuerte MULTA

Los contribuyentes deben tener cuidado al momento de facturar y no caer en situaciones que ameriten sanciones
viernes, 28 de julio de 2023 · 12:57

Es común que los contribuyentes decidan facturar muchas de las compras que hacen para poder hacerlas deducibles de impuestos al momento de su declaración anual, sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) manda advertencia para no superar el monto máximo en facturas y de esta manera evitar una fuerte multa.

Hay que mencionar que el SAT no establece un límite concreto para el número de operaciones al facturar, por lo que el contribuyente puede solicitar las facturas que requiera, no obstante, en cuanto al monto total sí hay un tope, por lo que el organismo fiscal manda advertencia sobre tener cuidado en este aspecto y de esta forma evitar una fuerte multa que puede ameritar prisión.

Para evitar la fuerte multa, el SAT señala que el monto máximo que se puede deducir en facturas como persona física en 2023 es de 175,505 pesos anuales, o bien, el 15% del total de los ingresos acumulados en los 12 meses fiscales. Asimismo, el contribuyente tampoco debe facturar una cantidad mayor a sus ingresos, pues al ocurrir esto último se produciría una discrepancia fiscal.

¿Cuál es la fuerte multa por presentarse discrepancia fiscal?

El artículo 91 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) indica que se es objeto de discrepancia fiscal cuando una persona gasta más dinero del que declaró durante un año, dicha situación en caso de no ser aclarada por el contribuyente, conlleva a una fuerte multa que consiste en ser llevado a la cárcel.

Si el SAT encuentra irregularidades en facturas y considera que hay una discrepancia fiscal, notificará al contribuyente para que aclare su situación pero si hace caso omiso o no se logra demostrar el origen del problema, esto puede generar que se considere el hecho como defraudación fiscal, lo cual es un delito grave y cuya fuerte multa puede ser de tres meses a nueves años de prisión, además de la cancelación del sello digital que es necesario para poder facturar.

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