Impuestos

SAT manda IMPORTANTE aviso a contribuyentes por pago de IMPUESTOS al hacer testamento en septiembre

Septiembre es el mes del testamento, por lo que es un periodo en el que muchas personas realizan este trámite para salvaguardar el destino de sus bienes
jueves, 31 de agosto de 2023 · 11:47

Septiembre es catalogado como el mes del testamento en México, por lo que muchas personas aprovechan a hacer el trámite durante dicho periodo, es por ello que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) manda importante aviso a contribuyentes por pago de impuestos en torno a este documento.

Según explica el Gobierno de México, el testamento es “un instrumento legal que se otorga ante un notario público, en el que se manifiesta la voluntad sobre el destino que tendrán nuestros bienes y derechos cuando morimos”, no obstante, es importante saber si al hacerlo en septiembre o en otro mes, los contribuyentes realizan pago de impuestos.

Al estar por comenzar septiembre, el SAT manda importante aviso a contribuyentes en el que se les señala que al hacer el testamento no hay que llevar a cabo algún pago de impuestos, sino solo se cubre el costo del trámite, no obstante, sí hay situaciones en que se pagar gravámenes en caso de recibir alguna herencia.

¿Qué impuestos se deben pagar al SAT si se recibe una herencia?

De acuerdo con el SAT, se debe hacer al pago de impuestos si de herencia se recibe alguna propiedad, ya que hay que cubrir el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), derechos sobre adquisición del inmueble, así como los honorarios al notario encargado de llevar tu caso.

Es importante señalar que contribuyentes también deben pagar impuestos pese a que se opte por vender la propiedad heredada en el testamento, esto debido a que se estaría realizando una acción de compra-venta, y hay que hacerse cargo del Impuesto por Enajenación de Impuestos, además de la escrituración, que depende según el uso de suelo y valor de la vivienda.

En el caso de que el testamento indique que se recibirá dinero, se está libre del pago de impuestos siempre y cuando la percepción sea por concepto de donación monetaria y sea valorada en menos de tres veces el salario mínimo anual, aunque esto solo aplica para miembros de la familia natural, es decir, padres a hijos o cónyuges.

Mientras que, si se llega a recibir por testamento una cantidad de dinero superior a 500 mil pesos, se debe reportar el monto ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y también ante el SAT, esto con la finalidad de que contribuyentes deben pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR).