¡Cobro de impuestos!
SAT manda aviso a personas que empeñan MONEDAS conmemorativas para préstamo de dinero en efectivo
Las autoridades fiscales lanzan un importante aviso para las personas que consideren empeñar sus monedas conmemorativas para obtener efectivo.En la recta final del año, algunas personas acuden a las instituciones autorizadas para obtener un préstamo de dinero en efectivo, a cambio de sus valiosos bienes. Las monedas conmemorativas han adquirido gran importancia en el mercado financiero, llegando a valer miles de pesos, es por ello que las empeñan para conseguir un ingreso extra para solventar los gastos para las próximas fiestas. Para las personas interesadas en llevar a cabo esta actividad, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) manda un importante aviso sobre el cobro de impuestos.
La compra y venta de monedas conmemorativas está en pleno auge en México, a través de portales web como Mercado Libre, las personas ofertan sus piezas numismáticas alcanzando estratosféricas cifras de hasta siete dígitos. Resulta bastante complicado poder lograr una negociación por estos bienes, por ello las venden en bancos autorizados como Banorte o Banamex, y también las empeñan en instituciones como el Nacional Monte de Piedad, para obtener un préstamo de dinero en efectivo.
Antes de recurrir a las casas de empeño, el SAT manda un importante aviso a las personas que tengan planeado recurrir a esta opción para conseguir un dinero extra en efectivo por sus monedas conmemorativas. Y es que, de acuerdo a las autoridades fiscales, existen algunos requisitos que deben cumplir, para que estos préstamos no les generen el cobro de impuestos.
En este sentido, se entenderá como efectivo, aquellas operaciones realizadas en moneda nacional o extranjera de curso legal, no quedando comprendidas en éstas las operaciones realizadas, entre otras, mediante cheque, traspasos de cuentas o transferencias electrónicas.

¿Cuál es el aviso del SAT para las personas que empeñan monedas y obtienen préstamo en efectivo?
De acuerdo con el al artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), establece la obligación de presentar la información sobre algún préstamo en efectivo, cuando sea mayor a 600,000 pesos. El SAT, amparado en el Código Fiscal de la Federación (CFF) también manda un aviso a quienes empeñan sus monedas conmemorativas en algunas de las casas de empeño autorizadas en el país, ya que para evitar cualquier problema con el fisco, las personas deben probar que el dinero conseguido se trata de un ingreso producto de su trabajo o de alguna otra actividad económica.
Las personas deben realizar un ampararse en caso de que el SAT lo requiera, con un contrato de mutuo acuerdo, ya sea simple o con interés, con la casa de empeño; mismo que además deberá estar sustentado por los estados de cuenta. En caso de depositarlo, se debe manejar bajo el concepto de ‘préstamo’ en la transferencia bancaria. En caso de realizarse en efectivo, se puede presentar el pagaré emitido por la institución que prestó el dinero.
Cabe recordar que las personas empeñan sus monedas conmemorativas en Nacional Monte de Piedad, aunque solamente aceptan las hechas de plata con denominación de 5, 10, 20, 100 y 500 pesos. Así como las onzas con las leyendas “Plata Pura", “Ley .999” y las pertenecientes a la “Nueva Serie Libertad”. La casa manda un aviso por los requisitos para otorgar un préstamo de dinero en efectivo por las piezas de oro puro, ya que deben contar con la denominación de “pesos”, el signo "$" o la inscripción “centavos” para ser aceptadas.