SAT
SAT manda aviso a pensionados y jubilados de México por cobro OBLIGATORIO de impuestos en noviembre
Los pensionados y jubilados deben estar muy atentos a los ingresos económicos que tengan durante el próximo mesDentro de poco tiempo se dispersará el aguinaldo tanto a millones de trabajadores, como también a algunos pensionados y jubilados de México, sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) manda un aviso importante sobre el cobro obligatorio de impuestos que se les podría aplicar en noviembre por los ingresos que tengan.
Se ha indicado que los pensionados y jubilados del IMSS bajo el régimen de la Ley del Seguro Social anterior a 1997 recibirán el aguinaldo a partir del viernes 1 de noviembre. Mientras que los afiliados del ISSSTE, también bajo la Ley 73, reciben el pago de dicha prestación en dos partes: la primera en noviembre y la segunda en enero de 2025.
Ante esta situación en que se aproxima el pago del aguinaldo, lo cual resulta ser un ingreso adicional, el SAT manda aviso a pensionados y jubilados por el cobro obligatorio de impuestos al que pueden hacerse acreedores durante noviembre si es que llegan a superar cierto monto.
SAT avisa que se aplicará el cobro obligatorio de impuestos en noviembre a quienes perciban más de más de 43,299 pesos
De acuerdo con el aviso que manda el SAT, a los pensionados y jubilados de México a los que se les hará el cobro obligatorio de impuestos en noviembre son quienes lleguen a percibir en el mes más de 43,299 pesos, ya que este es el monto máximo para evitar pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre el excedente.
Hay que mencionar que el ISR es un impuesto que se aplica sobre los ingresos obtenidos por personas físicas y morales. En el caso de los pensionados y jubilados, es en el monto de la pensión cuando supera las 15 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) mensuales, que en 2024 equivalen a 43,299 pesos.
Si pensionados y jubilados superan el monto máximo de ISR, el cobro obligatorio de impuestos se realiza de forma automática, es decir, no necesitan realizar ningún trámite adicional ante el SAT, ya que está parte del proceso está a cargo del IMSS o ISSSTE, respectivamente.