¡Obligaciones fiscales!
SAT impone multa por trámite OBLIGATORIO a personas que reciben estos pagos en diciembre
En el calendario de diciembre para las obligaciones fiscales, el SAT advierte sobre el cobro de multa por no cumplir con un trámite de carácter obligatorio.A pesar de que se acerca el final de año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha pedido a los contribuyentes que no se relajen y cumplan con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma. Es por ello que a través del calendario de diciembre, advierte sobre un trámite obligatorio que deben cumplir tanto las personas físicas como morales, que reciben una clase de pagos. De no hacerlo, les impone una costosa multa que podría perjudicar sus finanzas.
En el portal de Información Dinámica de Consulta (IDC) se publicó el calendario de obligaciones fiscales aplicable para diciembre, en el que se destaca que tanto personas físicas como morales, deben presentar ante el SAT en los primeros días del mes, un trámite obligatorio si es que reciben pagos diferidos o en parcialidades. Como es habitual, en caso de no presentar el debido recurso ante las autoridades, se les impone una multa, así como el cobro por recargos.
El SAT aclara en su portal que, con fundamento en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), esta facultado para requerir a las personas que reciben pagos diferidos o en parcialidades, la presentación del CFDI con complemento para recepción de pagos (REP) durante la primera semana de diciembre. Si los contribuyentes en este supuesto, no presentan este requisito obligatorio, podrán ser acreedores a una multa económica.
Conoce la forma y plazos para emitir las facturas que amparen los pagos en parcialidades o diferidos que recibas.
¿Cuál es la multa del SAT por no cumplir con trámite obligatorio por recibir pagos en parcialidades o diferidos?
Las personas podrán generar el CFDI con complemento para recepción de pagos o REP a través del portal del SAT. Este trámite obligatorio para quienes reciben esta clase de importes diferidos o en parcialidades, se incorpora a la información adicional y facilita la conciliación de las facturas contra los pagos, así como también detalla la cantidad en cada factura. Por ello la importancia de cumplir con su presentación en el lapso del 1 al 6 de diciembre.
A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones, solicitudes, documentación, avisos o información; con la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet o de constancias y con el ingreso de información a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a que se refiere el artículo 81 de este Código, se impondrán las siguientes multas.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 82 del CFF, el SAT impone sanciones para las personas obligadas a realizar este trámite en diciembre y hagan caso omiso del llamado de las autoridades. La multa puede ir desde los 400 hasta los 600 pesos por cada comprobante fiscal que se emita sin su complemento correspondiente.