¡Trámites del SAT!
SAT lanza advertencia a personas que deben cumplir con trámite OBLIGATORIO a partir de enero 2025
Las personas deberán cumplir con un trámite obligatorio para evitar problemas con las autoridades fiscales en 2025.Con la entrada del año 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementará algunos cambios para los contribuyentes de México. Entre las múltiples responsabilidades de carácter fiscal a las que están sujetas las personas del país y que deben cumplir, el organismo lanza una advertencia para que realicen un trámite obligatorio a partir de enero, al perder su vigencia de derechos.
El SAT lanza una advertencia a las personas cuya e.firma vencerá en 2025. Cabe recordar que este certificado tiene una vigencia de cuatro años y deben cumplir con su renovación para evitar problemas en las obligaciones fiscales a partir de enero. Este trámite aplica tanto para las personas físicas como morales que utilizaron la también llamada firma electrónica, por última vez en 2021.
La firma electrónica es un mecanismo clave para realizar operaciones fiscales y administrativas ante el SAT, ya que permite a las personas autenticar su identidad de manera digital. Sin embargo, es obligatorio para quienes se les vence en enero de 2025 y meses posteriores, el cumplir con su reactivación para continuar con los beneficios. Por ello, el organismo lanza una advertencia para que hagan el trámite en línea antes de su vencimiento.
¿Qué personas deben cumplir con trámite obligatorio ante el SAT a partir de enero de 2025?
De acuerdo con las leyes, los siguientes contribuyentes deben cumplir con el trámite obligatorio ante el SAT, a partir de enero de 2025, para mantener vigente su e.firma. Aunque la firma electrónica se puede renovar hasta 60 días antes de su fecha de vencimiento, las autoridades lanza una advertencia para hacerlo con anticipación y así evitar contratiempos, ya que se puede presentar una saturación en los servicios en línea durante la temporada de alta demanda.
- Personas físicas y morales cuyo certificado de e.firma expire en 2025.
- Contribuyentes que no la hayan renovado en cuatro años desde su última emisión o renovación.
- Personas físicas que presenten declaraciones anuales, soliciten devoluciones de impuestos o realicen trámites fiscales, que se deban autentificar con la e.firma.
Cuando requieras obtener tu e.firma por primera vez o se necesite realizar una actualización al expediente de e.firma, derivado de cualquier modificación previa en el RFC a los datos que hayas proporcionado para tu identificación personal.
El procedimiento para el trámite obligatorio de la renovación es simple y se realiza en línea. Si el certificado sigue vigente o si no ha pasado más de un año desde su vencimiento, se hace a través del portal del SAT. Sin embargo, las autoridades mandan una advertencia a las personas cuya firma ya expiró hace más de 12 meses, para que acudan a una oficina y llevar a cabo el proceso de manera presencial con previa cita en enero. Los contribuyentes deben contar con los archivos cer key y la contraseña que corresponda..