¡Obligaciones fiscales!
SAT lanza advertencia por LISTA y calendario de trámites OBLIGATORIOS para cumplir en febrero
Los contribuyentes deberán cumplir con una serie de trámites obligatorios ante el SAT, durante el mes de febrero.Con la llegada de un nuevo mes, los contribuyentes deben estar atentos a las disposiciones fiscales del Servicio de Administración Tributaria (SAT). El organismo encargado de la cobranza de impuestos entre otros atributos, lanza una advertencia tanto a personas físicas como morales, por la lista de trámites obligatorios, así como el calendario en el que deberán cumplir con ellos durante febrero.
Como cada mes, el SAT lanza una advertencia a las personas adscritas al sistema fiscal mexicano, ya que deben cumplir con una serie de dispociones y tramites obligatorios en el calendario, dependiendo de la modalidad en la que estén dados de alta. Aunque también existen algunos que son aplicables para todos los contribuyentes, sin importar el regimen tributario de registro.
Para febrero, las autoridades del SAT ya han revelado la lista de trámites obligatorios, que deberán presentar para evitar problemas, multas y sanciones con el fisco. Cada uno de ellos, se tiene que realizar en una fecha distinta, por ello que también se dio a conocer el calendario con los días de vencimiento, y así puedan cumplir con la gestión antes de pasar el límite para su presentación.
¿Cuál es la lista y el calendario de trámites obligatorios para cumplir ante el SAT en febrero?
El SAT lanza una advertencia a los contibuyentes, para revisar en lo particular, la situación jurídicas bajo la que se encuentran en la actualidas, y así identificar los trámites obligatorios que les corrresponden de la siguiente lista. También hace énfasis en verificar los días de vencimiento en el calendario de febrero, ya que se deben cumplir antes de que llegue la fecha límite, pues podrían acarrear multas o sanciones.
- 8 de febrero: Envío de contabilidad electrónica de personas físicas correspondiente a enero..
- 8 de febrero: Envío y pago de cédula del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot) de enero.
- 10 de febrero: Generar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de complementos para recepción de pagos.
- 17 de febrero: Declaración y pago de impuestos para personas físicas con Actividad Empresarial y Profesional, Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) del mes anterior.
- 17 de febrero: Envío y pago de cuota mensual del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del mes pasado.
- 17 de febrero: Presentar aviso Antilavado de las operaciones realizadas en enero.
- 28 de febrero: Presentar la prima de riesgos del Seguro Social para el ejercicio 2023.
- 28 de febrero: Envío de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) por el periodo de enero.
En lo que respecta a la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), para personas morales del sector primario, el SAT recuerda que se tiene hasta el último día de febrero para informar sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado (IVA) en las operaciones con terceros. También lanza la advertencia para aquellos que tributaban bajo el RESICO que no presentaron su aviso en enero, ya que a partir del presente mes, deberán cumplir con los obligaciones y trámites de su nuevo régimen, tras haber sido dados de baja de manera automática, de conformidad con la ficha de trámite 71 del Código Fiscal de la Federación