Alerta SAT

SAT lanza advertencia por trámite OBLIGATORIO que deben cumplir contribuyentes en agosto

Conoce esta advertencia del SAT que resalta la importancia de este trámite obligatorio que deben cumplir algunos contribuyentes.
jueves, 15 de agosto de 2024 · 17:30

Este año se implementaron nuevos mecanismos para combatir el contrabando de mercancías por lo que este trámite obligatorio es de suma importancia para las leyes fiscales. Es por ello que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), emitió una advertencia para que todos los contribuyentes que deban cumplir con él lo hagan en el mes de agosto y eviten multas o sanciones por parte de la autoridad fiscal. 

El complemento de la Carta Porte es un documento adicional que deben integrar los transportistas en sus operaciones diarias. La versión 3.1 incluye una serie de datos adicionales que deben ser proporcionados, tales como el régimen aduanero y los detalles específicos del contenedor. Esta información es crucial para el SAT, ya que permite un mayor control y seguimiento de las mercancías que se transportan dentro del país, así como aquellas que cruzan las fronteras.

Los transportistas deberán prepararse para cumplir con este trámite obligatorio por el que advierten las autoridades en agosto, asegurándose de incluir toda la información solicitada y buscando la asesoría necesaria para evitar inconvenientes. Con la implementación de esta medida, el SAT espera lograr un mayor control y eficiencia en las operaciones de transporte, contribuyendo así a un sistema fiscal más justo y transparente en el país.

SAT lanza advertencia por trámite obligatorio que deben cumplir contribuyentes

La advertencia del SAT va dirigida a los contribuyentes que tengan ciertas características, ya que debido a sus actividades económicas deben cumplir con este trámite obligatorio. La Carta Porte actualizada, se solicita a los transportistas cuando llevan mercancía por el país, por lo que serían estas personas las que deben tener completo conocimiento de este documento y su trámite: 

  • Quienes realicen el traslado de bienes y/o mercancías en territorio nacional.
  • Cuando la distancia que se recorre en tramos de jurisdicción federal exceda de 30 kilómetros entre el origen y destino.
  • Traslado de hidrocarburos o petrolíferos.
  • Traslado de medicamentos.
  • Transporte de bienes y/o mercancías a través de vehículos que excedan los pesos y dimensiones de un camión tipo C2.
  • Residentes en territorio nacional o extranjeros con establecimiento permanente, que crucen la aduana para la entrada, salida o tránsito de los bienes y/o mercancías dentro del territorio nacional.

El objetivo principal de esta nueva exigencia es fortalecer la vigilancia y transparencia en el transporte de mercancías, combatiendo prácticas irregulares y asegurando el cumplimiento de las normativas fiscales y aduaneras por parte del SAT. Además, se busca optimizar los procesos de fiscalización y reducir la evasión de impuestos.