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Septiembre, mes del testamento: Así puedes incluir tu casa Infonavit si aún no liquidas el crédito
Es importante que acreditados estén enterados sobre lo que ocurre con la vivienda que están pagando, en caso de fallecimientoAquellas personas que se encuentran pagando su vivienda ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) deben estar muy atentos a la siguiente información relacionada a septiembre, el mes del testamento, ya que hay la posibilidad de que puedan incluir su casa si aún no liquidan el crédito.
Cabe mencionar que septiembre es considerado el mes del testamento, debido a que anualmente en dicho periodo se busca fomentar la cultura de la previsión y la seguridad jurídica en México. Durante dicho mes, los notarios ofrecen diversos beneficios como descuentos en los costos de elaboración del testamento y horarios extendidos de atención. No obstante, hay afiliados del Infonavit que no incluyen su casa en el documento testamentario debido a que no han terminado de liquidar el crédito de vivienda.
Ante esta situación, los afiliados del Infonavit tienen que saber que si es posible incluir su casa infonavit en el testamento si aún no liquidan el crédito, ya que en caso de fallecer es necesario dejar un beneficiario de dicha propiedad. Hay que aclarar que aunque el titular fallezca, quien se quede con la vivienda no va a heredar deudas, ya que se aplicaría el Seguro por Defunción.
El Seguro por Defunción es una protección que se incluye automáticamente en todos los créditos otorgados por el Infonavit. Su principal objetivo es garantizar que, en caso de fallecimiento del acreditado, la deuda del financiamiento hipotecario sea liquidada en su totalidad, evitando así que los beneficiarios tengan que hacerse cargo de este compromiso económico.
Es por ello que es de gran importancia que los afiliados incluyan su casa en el testamento pese a que aún no liquiden la deuda del crédito; y septiembre es el mes ideal para realizar dicho trámite, ya que notarios otorgan descuento especiales, por lo que acreditados en todo el país tienen la oportunidad de cuidar a su familia y patrimonio con dicho documento.
¿Qué hacer en caso de fallecimiento del titular de un crédito Infonavit?
Al ocurrir el fallecimiento del titular de un crédito Infonavit, los beneficiarios que se encuentren como herederos de la propiedad en el testamento deben presentar la siguiente documentación en un Centro de Servicio Infonavit (Cesi) o en la Delegación del Instituto más cercana:
- Acta de defunción e identificación oficial vigente del acreditado.
- Acta de nacimiento e identificación oficial vigente de quien realiza el trámite.
- En su caso, carta de crédito conyugal.
- Si el acreditado falleció en el extranjero, el acta de defunción debe estar apostillada.
El trámite es gratuito y se podrá recibir asesoría sin costo para realizar este proceso ante el Infonavit, sin embargo, es relevante considerar los tiempos de respuesta, ya que el Instituto evaluará la documentación presentada y, en caso de cumplir con todos los requisitos, procederá a aplicar el Seguro de Defunción y quede liquidado el crédito de la casa.