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SAT congela dinero en cuentas bancarias y bloquea transferencias a tu tarjeta de débito en octubre
Es importante que los contribuyentes conozcan en qué casos el SAT congela dinero en cuentas bancarias y bloquea transferencias a la tarjeta de débitoCon la finalidad de que se cumplan las obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de congelar el dinero en cuentas bancarias, es así que los contribuyentes deben tomar sus previsiones e informarse para no encontrarse en una situación donde se les bloquea las transferencias a su tarjeta de débito en octubre.
El SAT señala que llega a congelar el dinero de las cuentas bancarias y bloquea las transferencias a tarjeta de débito en caso de falta de pago de impuestos, omisión de declaraciones, actividades sospechosas o irregularidades fiscales. No obstante, dicha situación se le debe notificar a los contribuyentes.
La inmovilización que proceda como consecuencia del embargo de depósitos o seguros sólo procede hasta por el importe del crédito y sus accesorios o, en su caso, hasta por el importe en que la garantía que haya ofrecido el contribuyente no alcance a cubrir los mismos.
Se debe tener claro que el SAT tiene que notificar al contribuyente sobre el congelamiento de sus cuentas bancarias y transferencias, ya sea a través del buzón tributario, correo electrónico o personalmente, indicando el motivo y el fundamento legal. Mientras tanto, también emite un oficio a la institución financiera donde el usuario tiene sus recursos económicos, ordenando la inmovilización de los fondos hasta por el monto del adeudo fiscal actualizado, incluyendo recargos, multas y gastos de ejecución.

¿Cómo prevenir que el SAT congele cuentas bancarias y bloquee transferencias a tarjeta de débito en octubre?
La clave para prevenir que el SAT congele el dinero de las cuentas bancarias y bloquee transferencias a la tarjeta de débito en octubre es el cumplimiento de las obligaciones fiscales y la atención inmediata a cualquier notificación. No hay que olvidar que dicha medida es para evitar que se disponga de fondos mientras se resuelve una controversia fiscal grave.
Si ya se recibió la notificación de un adeudo fiscal y está el proceso de cobro, los contribuyentes pueden prevenir el congelamiento al liquidar el monto total que el SAT está reclamando. Si no se puede pagar de inmediato o hay impugnación de la deuda, los usuarios pueden ofrecer una garantía en bienes que cubra el monto adeudado.