Pensionados

¿Adiós pensión y aguinaldo? SAT manda aviso a pensionados del IMSS por embargo de cuentas bancarias

Las autoridades fiscales alertan a los jubilados y pensionados del IMSS sobre el depósito de la mensualidad y el aguinaldo en sus cuentas bancarias.
jueves, 30 de octubre de 2025 · 16:35

Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) recibirán el pago de su pensión, así como el aguinaldo anual el próximo lunes 3 de noviembre. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) manda un aviso importante a los derechohabientes sobre el posible adiós a su dinero, por el supuesto embargo de las cuentas bancarias dónde les depositan la mensualidad de su jubilación. 

De acuerdo con el aviso que manda el IMSS, en su portal, solamente los pensionados bajo las modalidades de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, bajo el amparo de la Ley del Seguro Social (LSS) de 1973, tienen derecho a recibir el pago de su pensión en noviembre, junto con la prestación de aguinaldo. Estos dos depósitos serán abonados en las cuentas bancarias elegidas por cada beneficiario al momento de tramitar su jubilación.

Sin embargo, el SAT entre sus facultades y con el objetivo de obligar a los contribuyentes al pago de sus impuestos pendientes, puede recurrir al embargo del dinero ahorrado en las cuentas bancarias que estén a nombre del deudor. Esto significaría el adiós a la pensión, si es que los pensionados del IMSS cuentan con un saldo por liquidar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), de no ser porque en conformidad con la Ley Feder al del Trabajo y el Código Civil Federal, tienen garantizado el depósito mensual, así como el dinero acumulado y su aguinaldo anual en noviembre.

Como pensionado(a) por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, tienes derecho a recibir un aguinaldo anual que equivale a una mensualidad de la cuantía de tu pensión, es decir, sin considerar el importe por asignaciones familiares ni ayudas asistenciales.

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¿SAT puede embargar la cuenta bancaria a pensionados del IMSS en noviembre?

En el aviso que envía el SAT, para tranquilidad de los pensionados, aclara que el pago de la pensión no es susceptible de embargo para liquidar deudas, al representar el único ingreso para este sector de la población. Con fundamento en el registro número SC01050073 de la resolución del Poder Judicial, confirman que el importe por jubilación del IMSS, no se puede quitar o descontar, ya que los ingresos en sus cuentas bancarias se encuentran protegudos contra adeudos fiscales.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, con el objeto de garantizar la tutela legal y efectiva de la pensión por jubilación, así como la subsistencia digna de quién tenga derecho a recibirla, consideró oportuno otorgarle protección contra el embargo, compensación o descuento.

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A pesar de que los ingresos por pensión del IMSS no puede ser embargada, las cuentas bancarias donde los pensionados reciban cualquier otro tipo de ingresos ajenos a su jubilación, si pueden ser descontados. Para no decirle adiós, las autoridades sugieren que cumplan con las obligaciones fiscales, esto incluye el pago de impuestos si superan el máximo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). En el aviso del SAT, también se especifica que las pensiones están protegidas por deudas civiles, mercantiles o laborales.