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SAT congela cuentas bancarias de contribuyentes con esta LISTA de adeudos fiscales en México
Usuarios deben tener presente que el SAT tiene la facultad de aplicar drásticas sanciones cuando no se cumplen las responsabilidades como contribuyentesAlgunas personas no toman con la importancia necesaria las responsabilidades que se tienen como contribuyentes, así que hay quienes omiten algunos pagos que les corresponden y que son obligatorios, lo que puede derivar en problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual llega a congelar las cuentas bancarias de usuarios si infringen cierta lista de adeudos fiscales en México.
Se debe considerar que el SAT tiene la facultad de aplicar sanciones a los contribuyentes en situaciones específicas, como es el hecho de los adeudos fiscales en México, pues en dichas circunstancias hay usuarios a los que se les congela sus cuentas bancarias, causando un efecto directo en la economía del deudor.
La autoridad ejerce el cobro y solicita directamente a las instituciones de banca múltiple la inmovilización y transferencia de los recursos hasta por el monto de los adeudos fiscales actualizados y sus accesorios.
¿Cuál es la lista de adeudos fiscales por los que el SAT congela cuentas bancarias?
Mediante el portal oficial del SAT se informa que el organismo congela las cuentas bancarias de los contribuyentes al tener impagos y situaciones fiscales pendientes, pues con dicha sanción se busca persuadir a los usuarios a cumplir con sus obligaciones ante el fisco. La lista de adeudos en México que pueden llevar a la drástica penalización es la siguiente:
- Adeudos fiscales para los que no se solicitó una aclaración o defensa.
- Adeudos fiscales cuya resolución favoreció al SAT.
- Adeudos fiscales que requieren de una garantía que no ha sido considerada por el deudor.
Si se tienen adeudos fiscales y no se cuenta con los recursos para cubrirlos, se puede evitar que el SAT congele las cuentas bancarias si los contribuyentes ofrecen a cambio, algún otro tipo de garantía, como un depósito en dinero o carta de crédito emitida por un banco; prenda o hipoteca; fianza otorgada por institución autorizada; obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia; embargo en la vía administrativa; títulos valor o cartera de créditos del propio usuario.
El SAT señala que antes de congelar cuentas bancarias de los contribuyentes, se les notifica éste acto vía buzón tributario o personalmente, siempre y cuando, ésta autoridad fiscal tenga los datos actualizados del correo electrónico o el usuario sea localizable en su domicilio fiscal, de lo contrario el aviso se realiza por estrados.