SAT

SAT impone multas de hasta 30,000 pesos a personas por esta LISTA de errores en declaración anual

El monto en las multas que impone el SAT varían dependiendo del tipo de error y la gravedad del mismo
domingo, 9 de marzo de 2025 · 15:40

Ha llegado la parte del año en que se debe presentar la declaración anual de impuestos, lo cual puede llegar a causar cierta preocupación entre los contribuyentes, no solo por el hecho de cumplir con el trámite a tiempo, sino que también por el hecho de que el SAT impone multas de hasta 30,000 pesos a las personas que incurren en alguno de los puntos de la lista de errores.

Se debe tener presente que los errores en la declaración anual pueden generar multas por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Dichas sanciones varían dependiendo del tipo de equivocación y la gravedad del mismo, no obstante, hay personas a las que las multan con hasta 30,000 pesos.

En su gran mayoría, las personas físicas y las personas morales están obligadas a presentar una declaración donde reporten sus ingresos y gastos de todo un ejercicio fiscal (enero a diciembre), es decir, una declaración anual.

¿Cuál es la lista de errores en declaración anual que pueden generar multas de hasta 30,000 pesos?

De acuerdo con el SAT, se llega a imponer multas de entre 1,400 hasta poco más de 30,000 pesos si las personas se llegan a equivocar en los datos proporcionados en la declaración anual. La lista con algunos de los errores en el trámite fiscal que pueden salir muy caros es la siguiente:

  • Omisión de ingresos: No declarar todos los ingresos obtenidos durante el año fiscal.
  • Deducciones incorrectas: Incluir deducciones que no son válidas o que no cumplen con los requisitos establecidos por el SAT.
  • Errores en la información personal: Proporcionar datos incorrectos como el RFC, CURP o dirección.

Cabe mencionar que otro de los errores comunes respecto a la declaración anual es que los contribuyentes no la presentan en tiempo y forma. En este 2025, las personas morales deben hacerlo antes del 31 de marzo, mientras que las físicas tienen hasta el 30 de abril.

En caso de no presentar la declaración anual o hacerlo de forma extemporánea, el SAT impone multas como recargos por el pago tardío de impuestos, aunque los contribuyentes también pueden ser sujetos a ser sancionados con la cancelación de los certificados de sello digital (CSD), lo que impide la emisión de facturas.

Los contribuyentes deben saber que se puede solicitar una reducción de las multas, que puede ir desde el 20 hasta el 100 por ciento de la sanción original. Esto es gracias al Artículo 74 del Código Fiscal de la Federación (CFF), pero este beneficio solo es aplicable si se cumplen ciertos requisitos y condiciones establecidos por el SAT.