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¿Adiós pago de la Pensión Bienestar? SAT alerta por embargo de dinero para adultos mayores en julio
Las autoridades fiscales aclaran si el dinero que reciben los adultos mayores de la Pensión para el Bienestar es sujeto de embargo.Será en julio cuando se reanude el pago para millones de adultos mayores incorporados a la Pensión Bienestar, esta será la cuarta dispersión del 2025, faltando solamente dos para lo que resta del año. Previo al depósito, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) alerta a los beneficiarios, ya que han circulado noticias sobre el supuesto embargo del dinero que reciben por concepto de este apoyo económico y por lo tanto, será un adiós prematuro del programa.
A pesar de que no se ha publicado el nuevo calendario de pago para los derechohabientes de la Pensión Bienestar, se prevé que la dispersión se realice en la primera semana de julio, conforme a la letra inicial de los adultos mayores registrados, que ya cuentan con su tarjeta del Banco del Bienestar. Antes de que inicie la dispersión, el SAT alerta mediante un importante aviso relacionado con el dinero para este sector de la población.
Y es que, a pesar de que el SAT tiene la facultad para el embargo de dinero ahorrado en las cuentas bancarias por adeudos de los contribuyentes, las autoridades aclaran que él pago de la Pensión Bienestar para los adultos mayores, así como cualquier apoyo económico, está garantizado sin importar la situación fiscal del beneficiario. Es decir, que mientras respeten las Reglas de Operación, no deberán decirle adiós al depósito.

¿Por qué el SAT no puede embargar el pago de la Pensión Bienestar para los adultos mayores?
El exsecretario de Gobierno de la CDMX, Martí Batres, explicó que el pago de la Pensión Bienestar para los millones de adultos mayores se encuentra establecido en el artículo 4 de la Constitución Mexicana, por lo que se trata de un derecho constitucional y no se le puede decir adiós al dinero que reciben, a pesar de tener una deuda fiscal con el SAT. Además de que, tampoco será calificable para embargo, mientras los ahorros permanezcan en la tarjeta bancaria del Banco del Bienestar.
Esta pensión se encuentra en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es decir, es un derecho constitucional para que nada ni nadie lo pueda quitar, y cuando termine esta administración siga siendo un derecho de todas y de todos. Así como existe la gratuidad de la educación pública, así como existe el seguro social, así queremos que exista para siempre como un derecho la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores.

Ante los rumores que surgieron sobre la seguridad jurídica del dinero que reciben los beneficiarios por diversos programas sociales, tal y como lo es la Pensión Bienestar, con fundamento legal en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025, el SAT alerta que los recursos económicos de los "pensionados" no se pueden inembargables. Es decir, que la autoridad clasifica estos apoyos como no son susceptibles para la ejecución o providencia de embargo y tampoco del cobro de impuestos. Cabe recordar que el monto del nuevo pago para los adultos mayores en el mes de julio, será de 6,200 pesos.