Pensión IMSS
Adiós a la Pensión IMSS para siempre; estas personas PIERDEN jubilación por la Ley 73 desde julio
Los futuros pensionados deberán despedirse del régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 para siempre, ya que pierden el derecho a este esquema.El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) está encargado del pago a más de cuatro millones de pensionados en México. El régimen más atractivo para las personas derechohabientes, es el que se puede tramitar por la Ley 73; sin embargo, muy pocos pueden acceder a todos sus beneficios. El restante debe decirle adiós a esta modalidad a partir del mes de julio y por lo tanto, pierden el derecho a este tipo de jubilación para siempre.
El Instituto garantiza un nuevo depósito de la mensualidad a sus pensionados, para el próximo martes 1 de julio. Cabe recordar que para las personas que obtuvieron su jubilación bajo la Ley del Seguro Social de 1973 (Ley 73), bajo las modalidades de cesantía en edad avanzada, vejez e invalidez, pueden aumentar el monto de su Pensión IMSS gracias a las asignaciones familiares, cuyo porcentaje dependerá de la carga familiar que puedan comprobar para el pago de su jubilación.
El régimen de la Ley 73 es considerado como uno de los sistemas de jubilación con mayores beneficios en México, operaba bajo un esquema solidario con aportaciones del estado, los patrones y también los trabajadores, para lograr una Pensión IMSS digna y sin tope. Sin embargo, los trabajador que hayan comenzado a cotizar después del 1 de julio de 1997 le deben decir adiós para siempre a esta modalidad y pierden la oportunidad de acceder a esta forma de pago.
¿Cuáles son las opciones de jubilación para quienes pierden la Pensión IMSS por la Ley 73?
Las personas que empezar a cotizar antes de julio de 1997, en especial la última generación nacida en 1979, aún podrá tener acceso a la jubilación por la Ley 73, pero una vez que se obtengan la aprobación de su Pensión IMSS, esa opción dejará de estar disponible para siempre. El resto de los pensionados, que pierden el derecho a dicha modalidad en México, podrá incorporarse a cualquiera de los esquemas del régimen 97.
- Renta Vitalicia: Es una pensión de por vida que se contrata con una Aseguradora que tenga convenio con el IMSS. El monto para las personas pensionadas dependerá del saldo acumulado en la Cuenta Afore para su jubilación y se actualizará anualmente conforme a la inflación.
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Retiro Programado: Se trata de una pensión que se contrata con la Afore en la que las personas estén registradas. El pago se calculará con base en el saldo acumulado en tu cuenta, los rendimientos que se obtengan y la esperanza de vida. Los pensionados la reciben hasta que se agoten los recursos de tu Afore.
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La Pensión Garantizada: Esta opción se habilita para quienes pierden el derecho a la Pensión IMSS por la Ley 73 y en la que el Estado otorga a las personas que cumplan con el requisito de la edad y en 2025, un mínimo de 850 semanas cotizadas, un importe de pago para su jubilación basado en los Salarios Mínimo.
El adiós a la Pensión IMSS por la Ley 73, representa un fuerte impacto para millones de trabajadores mexicanos, quienes quedarán obligados a depender del ahorro individual para su jubilación, sin garantías de un monto mínima y sobre todo, vitalicio. Con esta última generación, se pone punto final al sistema de pensiones: las personas pierden el retiro con base en salario garantizado, y solo queda un modelo capitalizado, dependiente de las Afores.