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SAT manda advertencia por visitas a domicilio MASIVAS para revisar a todas las personas en julio
Se ha emitido información importante respecto a visitas a domicilio masivas para revisar la situación fiscal de personas contribuyentesCon la finalidad de evitar confusión y preocupación entre los contribuyentes respecto a supuestas visitas a domicilio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) manda advertencia relacionada a los procesos que se hacen para revisar la situación fiscal de todas las personas en julio.
Desde hace algunas semanas, a través de una tarjeta informativa, el SAT mandó una advertencia con la que niega visitas a domicilio masivas para revisar a todas las personas en julio. Se señaló que es falso que estén llevando a cabo operativos generalizados o "casa por casa" con el fin de imponer multas.
No existe un operativo de visitas enfocado a un régimen o tipo de contribuyente específico como asalariados, honorarios, arrendadores, Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), jubilados o personas morales.

El SAT solo realiza visitas a domicilio con base en criterios de riesgo fiscal determinados objetivamente
Aunque el SAT sí tiene la facultad de realizar visitas a domicilio, amparadas por el Código Fiscal de la Federación (CFF), estas se realizan únicamente con base en criterios de riesgo fiscal determinados objetivamente. Esto significa que solo se harán cuando existan indicios claros de posibles irregularidades o inconsistencias en el cumplimiento de las obligaciones fiscales de un contribuyente específico.
Si bien el SAT cuenta con la facultad para realizar visitas domiciliarias sustentadas en el Código Fiscal de la Federación, es una actividad que se realiza únicamente con base en criterios de riesgo fiscal determinados objetivamente.
El SAT manda la advertencia sobre que la información para todas las personas contribuyentes se debe proporcionar de manera cuidadosa y sin la intención de generar alarma o incertidumbre. Es así que se recalca que no se están realizando visitas masivas. En caso de que el personal acuda a un domicilio, es necesario corroborar que el proceso es legítimo.
En caso de darse alguna visita a domicilio, será para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias, respetando siempre los derechos de las personas contribuyentes.
El personal del SAT debe presentar una orden de visita por escrito, que contenga el fundamento y motivación, el nombre de la autoridad que la emite, la firma del funcionario competente, y el lugar y fecha de expedición. Las irregularidades detectadas deben constar en las actas de auditoría. Asimismo, el contribuyente tiene la oportunidad de corregir su situación fiscal si se encuentran omisiones o errores. Si se se considera que el proceso es irregular, el organismo fiscal pone a disposición canales para presentar denuncias, que son el correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx y el teléfono 55 627 22 728.