Jubilados y pensionados
SAT manda aviso a jubilados y pensionados por VISITAS a domicilio antes de que termine agosto
Con la finalidad de evitar confusiones y preocupación entre jubilados y pensionados, el SAT ha emitido este importante avisoPara proporcionar tranquilidad y evitar confusiones sobre sus procesos fiscales a jubilados y pensionados, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) manda un aviso relacionado a las visitas a domicilio que se podrían llevar a cabo antes de que termine el mes de agosto.
En el aviso que manda el SAT se informa a jubilados y pensionados que antes de que termine el mes de agosto es posible que realice visitas a domicilio para este tipo de contribuyentes, sin embargo, dicho proceso no forma parte de algún operativo generalizado ni masivo, sino que se hará solo en casos muy específicos.
Hay que mencionar que el SAT ha desmentido la existencia de visitas a domicilio masivas o una campaña de "terrorismo fiscal" dirigida específicamente a los jubilados y pensionados. Estos procesos domiciliarios son parte de las facultades de fiscalización del organismo, pero no se realizan de forma arbitraria ni sin justificación.

Esos son los motivos por los que el SAT visita jubilados y pensionados a domicilio en agosto
Se ha indicado que el SAT sí puede realizar visitas a domicilios de jubilados y pensionados durante agosto, pero esto ocurre en casos muy particulares, como cuando se detectan irregularidades o inconsistencias en sus declaraciones fiscales. Algunos de los motivos que pueden provocar esto son:
- Ingresos superiores al límite exento: Si una persona jubilada recibe una pensión que excede el monto exento de impuestos ($43 mil pesos mensuales en 2025).
- Múltiples fuentes de ingreso: Cuando un jubilado o pensionado tiene otros ingresos adicionales a la pensión, como salarios, rentas, actividades empresariales o intereses bancarios, que lo obligan a presentar declaración anual.
- Inconsistencias en declaraciones: Si el SAT detecta diferencias entre los ingresos declarados y los registros de las instituciones que pagan la pensión (IMSS, ISSSTE, Afores, etc.).
Los jubilados y pensionados deben tomar en cuenta que cualquier visita a domicilio del SAT debe estar debidamente fundamentada y respaldada por una orden oficial. Los funcionarios deben identificarse, presentar la orden de revisión y seguir un protocolo estricto. Es crucial que los usuarios conozcan sus derechos, como el de recibir asesoría y la Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado.