Trabajadores

Este es el calendario de días festivos de descanso obligatorio a trabajadores de México en febrero

A lo largo de febrero se celebran varias fechas, pero solo una está considerada entre los días festivos de descanso obligatorio para los trabajadores
viernes, 30 de enero de 2026 · 10:35

Con la llegada del segundo mes de 2026, los trabajadores y empleadores en México deben prepararse para las diversas efemérides que habrá durante las próximas fechas, pues aunque algunas de ellas son muy destacadas, el calendario oficial de días festivos en febrero indica que solo una jornada es de descanso obligatorio.

A lo largo de febrero se celebran fechas como el Día de la Candelaria, el Día de la Constitución Mexicana, Día del Amor y la Amistad, Día de la Bandera, además del Día del Ejército Mexicano, sin embargo, el calendario oficial para trabajadores establece que solo una de ellas aplica en los días festivos de 2026. 

El Día de la Constitución es la única fecha de descanso obligatorio en febrero

La única fecha de descanso obligatorio considerada en el calendario de días festivos del segundo mes del año es el Día de la Constitución Mexicana, la cual provocará el primer fin de semana largo de 2026. De acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), febrero cuenta con una jornada feriada que, debido a las reformas para fomentar el turismo y el esparcimiento familiar, se recorre para crear un puente.

El feriado oficial corresponde a la conmemoración del Aniversario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. Aunque la fecha histórica es el 5 de febrero, el artículo 74 de la LFT estipula que el descanso se traslada al primer lunes del mes. Por lo tanto, para este 2026, el día de asueto obligatorio para trabajadores será el próximo lunes 2.

Es importante señalar que, aunque el 2 de febrero coincide con la festividad popular del Día de la Candelaria, el carácter obligatorio del descanso no deriva de esta tradición religiosa, sino estrictamente del cumplimiento del calendario civil y laboral de días festivos. Las instituciones educativas del nivel básico también suspenderán labores de acuerdo con el calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP), sumándose a este descanso nacional.

Para aquellos trabajadores cuyas funciones requieran su presencia durante el lunes 2 de febrero, la ley es clara en cuanto a la compensación económica. El artículo 75 de la LFT dicta que los empleados que presten servicio en uno de los días festivos tienen derecho a que se les pague, además del salario base, un salario doble por el servicio prestado. En términos prácticos, el trabajador deberá recibir un pago triple por esa jornada laboral.

Respecto al resto del mes, el calendario laboral de México no contempla más días festivos oficiales. El Día de San Valentín, y el Día de la Bandera, se consideran jornadas laborales normales. En el caso de la última fecha mencionada, aunque se realizan ceremonias cívicas en escuelas y dependencias gubernamentales, la ley no lo clasifica como una jornada de suspensión de labores, por lo que los trabajadores realizarán sus actividades en los horarios habituales.