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SAT manda aviso por nuevas visitas exprés a domicilio para estas personas durante marzo

El aviso del SAT señala que durante marzo llevará a cabo nuevas visitas exprés para la verificación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)
sábado, 28 de febrero de 2026 · 15:35

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido un aviso respecto a que durante marzo llevará a cabo nuevas visitas exprés para la verificación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Este proceso busca constatar que dichas facturas amparen operaciones reales y existentes, combatiendo así la simulación de actos jurídicos y el tráfico de comprobantes fiscales.

Según el aviso, las nuevas visitas exprés a domicilio son aplicables para todas las personas contribuyentes con actividades comerciales y cuyas emisiones de CFDI les resulten sospechosas. Esta medida del SAT busca identificar a las llamadas empresas "fantasma" o EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas).

En las nuevas visitas exprés, el personal del SAT tiene la facultad de presentarse en el domicilio fiscal para verificar que el contribuyente cuente con los activos, el personal, la infraestructura y la capacidad material, directa o indirecta, para prestar los servicios o producir los bienes que detallan sus facturas.

Durante estas diligencias a domicilio, los auditores pueden solicitar contratos, bitácoras de servicio, controles de inventario o registros de entrada y salida de mercancía. La intención es cruzar la información digital del CFDI con la realidad física del negocio. El SAT ha enfatizado que la existencia del comprobante digital no es suficiente para demostrar la validez de una transacción si no hay pruebas documentales y físicas que respalden que el servicio o bien fue entregado.

¿Cuáles son las consecuencias si hay irregularidades en las facturas revisadas por el SAT?

En caso de que los CFDI sean considerados irregulares en las nuevas visitas exprés a domicilio, esto podría derivar en la publicación del nombre del negocio en el "listado negro" del SAT, invalidando los efectos fiscales de todas las facturas emitidas y afectando gravemente a sus clientes (EDOS), quienes perderían el derecho a deducciones.

Los contribuyentes van a disponer de un plazo de 30 días naturales para regularizar su situación fiscal ante el SAT. Este procedimiento implica eliminar los CFDI cuestionados de la contabilidad, lo que deriva en la reversión de las deducciones de ISR y de los acreditamientos de IVA. También, el interesado deberá efectuar el pago de las contribuciones omitidas, incluyendo las actualizaciones y los recargos correspondientes.

Si no se regulariza la situación, las sanciones por emitir CFDI que amparen operaciones inexistentes son severas y pueden escalar al ámbito penal. Además de multas que pueden superar el 100% del monto de las facturas cuestionadas, los responsables podrían enfrentar cargos por defraudación fiscal. Asimismo, el SAT tiene la potestad de restringir de manera inmediata el Certificado de Sello Digital (CSD), lo que impediría al negocio seguir facturando y, por ende, paralizaría sus ingresos de forma indefinida.