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Adiós a la declaración anual: SAT confirma qué personas no están obligadas a presentarla en abril

Aunque la declaración anual es un proceso obligatorio para muchas personas, hay quienes pueden decirle adiós a este trámite del SAT este año
domingo, 29 de marzo de 2026 · 15:35

Con la llegada de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido una aclaración fundamental para millones de contribuyentes. Aunque la declaración anual es un proceso obligatorio para la mayoría, la autoridad fiscal confirmó que existe un grupo robusto de personas que pueden decirle adiós a este trámite este año y no están obligadas a presentarla.

La declaración anual es el reporte oficial que las personas físicas presentan en abril ante el SAT para informar sobre sus ingresos, deducciones, retenciones y pagos de impuestos realizados durante el año calendario anterior. No obstante, hay quienes no están obligadas a presentarla si se encuentran en cierto régimen tributario.

¿Qué personas no están obligadas a presentar la declaración anual en abril?

De acuerdo con las reglas vigentes de la Miscelánea Fiscal 2026, las personas que tributan bajo el régimen de Sueldos y Salarios no están obligadas a presentar la declaración anual en abril, siempre y cuando cumplan con requisitos específicos. El SAT detalló que aquellos trabajadores que obtuvieron ingresos provenientes de un solo patrón y que estos no superaron los 400,000 pesos anuales, le dicen adiós al trámite.

Además de este límite de ingresos, para mantener la exención de la declaración anual es necesario que el patrón haya emitido correctamente todos los CFDI de nómina (comprobantes fiscales) y que el trabajador no tenga ingresos simultáneos por otras actividades, como honorarios, arrendamiento o plataformas tecnológicas. 

Esta medida del SAT busca simplificar la carga administrativa para la clase trabajadora, permitiendo que el cálculo de sus impuestos se realice de manera definitiva a través de las retenciones mensuales hechas por sus empleadores. Otras personas que no están obligadas a presentar la declaración anual son los pensionados y jubilados cuyos ingresos mensuales no excedan los montos exentos establecidos por la ley, aproximadamente 43,000 pesos mensuales o 15 veces la UMA elevada al año. 

Es importante señalar que, aunque no estén obligados, el SAT recordó que estos contribuyentes conservan el derecho opcional de presentar su declaración. Esto es particularmente relevante para quienes realizaron gastos médicos, dentales, hospitalarios o pagaron intereses de créditos hipotecarios durante el año pasado. Al realizar el trámite de forma voluntaria e incluir estas deducciones personales, muchos logran obtener un saldo a favor que la autoridad debe devolver en un plazo de pocos días.

Finalmente, el SAT exhortó a todos los contribuyentes a revisar su situación particular en el visor de nómina antes de que termine el mes. Si bien muchos pueden decir adiós al trámite, aquellos que tuvieron dos o más patrones de forma simultánea, o quienes dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre, sí deberán cumplir con la declaración anual sin importar el monto de sus ingresos, para evitar multas que este año podrían superar los 17,000 pesos por omisión.