Pensiones
Adiós pago de la Pensión Bienestar: Suspenden depósito para adultos mayores a mediados de mayo
Los adultos mayores deben estar pendientes de la actualización de datos para evitar que les suspendan el pago de la Pensión Bienestar en el mes de mayo.El tercer depósito de la Pensión Bienestar se continúa realizando conforme a lo determinado en el calendario. Aunque en el Comunicado 056 se garantiza el recurso económico para los adultos mayores inscritos en el programa, el adiós a la dispersión se dará para los beneficiarios bajo ciertas circunstancias, ya que les suspenden el pago a mediados del mes de mayo, conforme a lo establecido en los lineamientos vigentes en 2026.
De acuerdo con las Reglas Generales de Operación de la Pensión Bienestar en 2026, existen varias causales que representan el adiós temporal o definitivo al programa social. La gravedad de la sanción será determinada por la falta cometida por los adultos mayores, a quiénes les suspenden el depósito durante uno o dos bimestres, pero que incluso puede derivar en la baja permanente del padrón.
A la par del calendario de pago de la Pensión Bienestar a mediados del mes de mayo, las autoridades evaluarán los registros para confirmar que los adultos mayores están cumpliendo con los lineamientos. Es por ello que, la Instancia Ejecutora al verificar que no se han actualizado sus datos en el Registro Nacional de Población (RENAPO), les suspenden el depósito hasta nuevo aviso. Los beneficiarios deben solicitar la modificación del CURP, en caso de ser necesario, de forma presencial acudiendo a la Oficialía del Registro Civil, o a distancia enviando un correo electrónico al correo electrónico tramitescurp@segob.gob.mx
Cuando una persona derechohabiente no haya realizado la actualización de datos correspondientes ante el Registro Nacional de Población (RENAPO)
¿Qué hacer si me suspenden el pago de la Pensión Bienestar a mediados de mayo?
Cuando una persona derechohabiente sea susceptible del adiós al padrón de la Pensión Bienestar por falta de actualización de datos, la Instancia Ejecutora no realizará la emisión del pago del bimestre al que tenga lugar, en este caso mayo y junio, además de que los adultos mayores serán identificados con la situación de "suspensión" y con la causal que corresponda según sea el caso.
En caso de que se haya aplicado la suspensión del padrón, se informará a la persona derechohabiente o a su persona adulta auxiliar cuando se presente a las oficinas de atención ciudadana de la Secretaría de Bienestar y se le hará de su conocimiento el motivo de la suspensión, así como las acciones que podrá realizar para que deje de encontrarse en esa situación.
La Secretaría garantiza, a través de las Delegaciones de Programas para el Desarrollo, el derecho de audiencia a los adultos mayores que les suspenden su pago a mediados de mayo. Se les informará a través de mensaje de texto o llamada al número registrado, para que acudan a los Módulos de Atención a darle solución a su caso. Posterioremente, de ser favorable para el beneficiario, las autoridades reactivarán el depósito de la Pensión Bienestar e incluso, reexpedirán los bimestres no abonados de forma retroactiva.