Para un buen fin

¿Cuándo deben pagar el aguinaldo en México? Mira las fechas para empleados burócratas

Estas son las fechas que debes tomar en cuenta para poder cobrar tu aguinaldo este fin de año
martes, 13 de octubre de 2020 · 16:16

Con respecto a las fechas de pago por estas fechas, el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México establece que “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en el Presupuesto de Egresos, este pago deberá efectuarse en un 50 por ciento antes del 15 de diciembre, al menos para las personas burócratas así lo marca la legislación.

Mientras que el restante 50 por ciento, a más tardar el 15 de enero, y que será equivalente a 40 días del salario, cuando menos, sin deducción alguna”.

El aguinaldo es una prestación laboral anual y un derecho irrenunciable que los trabajadores en México tienen por ley, además de que no distingue rama ni nivel jerárquico. De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), todos los trabajadores, sin excepción, tienen derecho a esta prestación. 

Esta prestación, se encuentra establecida tanto en la Ley Federal del Trabajo como en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”. 

Además, los trabajadores no necesitan haber trabajado el año completo, ni estar laborando en la fecha de su pago, es decir, que tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del aguinaldo, de acuerdo al tiempo que laboraron en el año. 

“Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”, se estipula.

Para calcular el monto del aguinaldo debe considerarse el salario diario base o aquél que ordinariamente perciben los trabajadores por un día laborado y que se esté devengando al momento en que deba pagarse tal prestación. Por lo que para esta remuneración laboral no se contempla el salario diario integrado, que acumula al salario diario base las diversas prestaciones a que tienen derecho los trabajadores”, explicó la PROFEDET.

SNC