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¿Cuándo es el próximo feriado y CUÁNTOS quedan en México en 2020?

Si el pasado lunes, 2 de noviembre, te supo a domingo porque no te tocó trabajar, debes saber que corriste con mucha suerte, pues el Día de Muertos no es uno de los días de descanso obligatorio.
martes, 3 de noviembre de 2020 · 12:28

Acaba de pasar la celebración por el Día de Muertos y los mexicanos ya nos preguntamos cuándo será el próximo feriado y cuántos le restan a este 2020.

Si el pasado lunes, 2 de noviembre, te supo a domingo porque no te tocó trabajar, debes saber que corriste con mucha suerte, pues el Día de Muertos no es uno de los días de descanso obligatorio para los trabajadores mexicanos, establecido en la Ley Federal del Trabajo.

¿Cuántos feriados le quedan al 2020?

A este año le restan dos días de descanso obligatorio y uno que, al igual que el Día de Muertos, podría dártelo tu empresa. Estos son:

  • El lunes 16 de noviembre, en conmemoración del inicio de la Revolución (obligatorio).
  • El sábado 12 de diciembre, día de la Virgen de Guadalupe (no obligatorio)
  • El viernes 25 de diciembre, en conmemoración de la Navidad (obligatorio)

¿Cuáles son los días de descanso obligatorio?

El artículo 74 de Ley Federal del Trabajo indica que los días feriados de descanso obligatorio para los trabajadores mexicanos son:

  • El 1 de enero (Año Nuevo)
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
  • El 1 de mayo (Día Internacional del Trabajador)
  • El 16 de septiembre (Día de la Independencia de México)
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Aniversario del inicio de la Revolución Mexicana)
  • El 1 de diciembre de cada seis años (transmisión del Poder Ejecutivo Federal)
  • El 25 de diciembre (Navidad)
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Cabe recordar que si tu empresa te pide que trabajes en un día de descanso obligatorio, esta deberá pagarte tu salario del día, más el doble de tu salario.

"Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado", señala la  Ley Federal del Trabajo.

 

DBO